Accidentes ferroviarios en la Red Ferroviaria de Interés General

Fuente:
Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria (AESF). Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.
Unidad:
Número de accidentes.
Última actualización:
Octubre 2023.

Nota metodológica:

  • Incluye información relativa a la RFIG administrada por el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif), por Adif-Alta Velocidad y por TP Ferro.
  • Se considera accidente significativo cualquier accidente en que esté implicado como mínimo un vehículo ferroviario en movimiento, con al menos un muerto o herido grave, o se produzcan graves daños en el material, la vía férrea u otras instalaciones o entornos, o interrupciones prolongadas del tráfico. Se excluyen los accidentes en talleres, almacenes y depósitos.
  • Se considera accidente grave cualquier colisión o descarrilamiento de trenes con el resultado de al menos una víctima mortal o de cinco o más heridos graves o grandes daños al material rodante, a la infraestructura o al medio ambiente, y cualquier otro accidente similar, con un efecto evidente en la normativa de seguridad ferroviaria o en la gestión de seguridad.
  • En 2013, tras la desaparición de FEVE, la red de ancho métrico se integra en Adif. Los datos de años anteriores no incluyen la red de ancho métrico, por lo que la serie de datos no es homogénea.
  • En el año 2017 el registro de accidentes incluyó nuevos criterios al aplicar las directrices de la guía relativa al seguimiento de la accidentalidad, “Implementation Guidance for CSIs” publicada por la Agencia Ferroviaria Europea. Esta guía, actualmente derogada por la Directiva 2004/49, clasifica dentro del tipo “Otros” todo accidente distinto de una colisión de un tren con un vehículo ferroviario, colisión de un tren con un obstáculo dentro del gálibo de libre paso, descarrilamiento de tren, accidente en paso a nivel, accidente causado a personas con implicación de material rodante en movimiento o incendio en material rodante. Tras la clarificación de los posibles sucesos que se incluyen en esta categoría ha aumentado el registro de este tipo de accidentes, que también implica un incremento del número de accidentes totales con respecto a años anteriores.
  • Se excluyen:
    • Los metros, tranvías y otros sistemas de ferrocarril ligero.
    • Las redes funcionalmente separadas del resto del sistema ferroviario y que sólo estén destinadas a la explotación de servicios de transporte de pasajeros locales, urbanos o suburbanos, así como las empresas ferroviarias que sólo operan en este tipo de redes.
    • La infraestructura ferroviaria de propiedad privada para uso exclusivo del dueño de la infraestructura para sus propias operaciones de carga.
    • Los vehículos históricos que circulen por la RFIG siempre que cumplan las normas específicas de seguridad con el fin de garantizar la circulación segura de tales vehículos.
    • Los ferrocarriles históricos, de museo y turísticos que operen en sus propias redes, incluidos los talleres, los vehículos y el personal.

Metodología original:

Gráfico:
Evolución del número de accidentes ferroviarios en la Red Ferroviaria de Interés General